La Contraloría Regional del Maule ha dado un plazo de 90 días al director de Control de la Municipalidad de Teno, Marcelo Díaz, para aclarar el paradero de donaciones efectuadas por empresas particulares que gozaron de espacio publicitario en el evento de Semana Tenina realizado en el verano de 2019.
En respuesta a una denuncia presentada por el concejal Matías Rojas, la entidad pidió a la Corporación Cultural de Teno informar «los eventuales aportes efectuados por la empresa Enlasa Generación Energia S.A o Enlasa S.A. con ocasión de la realización de la ‘Fiesta Tenina 2019’, precisando monto otorgado, y antecedentes de respaldo pertinentes que permitan acreditar el depósito correspondiente».
Sin embargo, la Corporación que preside la alcaldesa Sandra Améstica no dio respuesta a los correos electrónicos del organismo, hecho que contraviene el principio de colaboración que deben prestar los entes sometidos a fiscalización (ver documento aquí).
La duda surge por la existencia de stands publicitarios en los cuales se exhibió el logo de Enlasa y otras compañías, pese a lo cual, no existen registros de ingresos de dinero «en las arcas municipales» ni aparecen montos «rendidos como gasto por la Corporación Cultural de Teno» que digan relación con aportes.
La Contraloría también revisó el demoroso actuar de la Dirección de Obras Municipales ante el funcionamiento ilegal de una planta termoeléctrica a gas que operó sin contar con recepción municipal y que es administrada por la empresa Innovación Energía S.A. (INERSA), sociedad conformada por Enlasa y Gasco.
Las verificaciones permitieron acreditar que, entre las notificaciones ejercidas a la empresa entre los meses de julio de 2019 y abril de 2021, y el lapso transcurrido entre la primera fiscalización ejercida el 11 de julio de 2019 hasta la denuncia al Juzgado de Policía Local por esa Dirección, «se observó un periodo de 502 días hábiles que tardó la DOM en denunciar el incumplimiento verificado, sin que hayan existido razones plausibles a la vista para tal demora».
Lo ocurrido -agrega- «contraviene los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación e impulsión de oficio, contenidos en los artículos 3° y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, así como los de celeridad y conclusivo, previstos en los artículos 4°, 7°, y 8° de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado».
La observación fue tildada de «compleja», dado que alude a hechos que «afectan algún proceso crítico de la entidad o servicio auditado, que evidenciaron graves debilidades de control o que presentan la ocurrencia de errores, omisiones y/o irregularidades, cuya acción derivada podría generar un procedimiento disciplinario a efectuar por el propio servicio fiscalizado».
«En relación al eventual aporte de recursos de la empresa Enlasa Generación Chile S.A., a la Corporación Cultural de Teno para la realización de la Fiesta Tenina 2019, y atendido que hasta la fecha no se ha dado cumplimiento a la referida solicitud de informe dentro del plazo requerido… la Dirección de Control deberá realizar una revisión de los aportes recibidos por la Corporación Cultural de Teno en el año 2019, para el desarrollo de la Fiesta Tenina 2019, informando el resultado de ello en un plazo de 90 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio», acotó.
Además de lo anterior -finaliza-, «la autoridad edilicia deberá instruir a los directores de las corporaciones municipales a velar por la pronta y completa respuesta a los requerimientos que se le formulen por este Organismo de Control».