El Tribunal Electoral de la Región del Maule decidió no acoger la reclamación presentada por el Partido Progresista en representación del concejal de Teno, Wildo Farías, que pretendía subsanar un error al momento de inscribir su candidatura a alcalde por el pacto opositor Unidos por la Dignidad, que integra junto a la DC y Ciudadanos.

A fines de enero, el Servicio Electoral (Servel) optó por rechazar su inscripción bajo el argumento de que uno de los documentos necesarios para completar el trámite no fue suscrito ante Notario.

Posteriormente, el PRO recurrió a la sede judicial superior en materia electoral, adjuntando copia de una declaración notarial suscrita en fecha anterior a la que fue desechada, y que sí contenía la rúbrica de un ministro de fe.

En su sentencia (ver aquí), el TER descartó mantener como candidato a Wildo Farías, subrayando que «el reclamante adjuntó a su declaración de candidatura, una declaración jurada que no figura firmada ante Notario, tal como indica la norma del artículo 3° de la Ley N° 18.700».

«Que el actor pretende en esta instancia jurisdiccional enmendar tal situación, acompañando la declaración jurada firmada y autorizada ante Notario, es decir, cumplir ante este Tribunal con las formalidades que debió haber cumplido al momento de presentarla cuando declaró su candidatura ante el SERVEL», indica el fallo.

Concordando con este criterio y enfatizando que «el plazo para declarar candidaturas ante el SERVEL venció el día lunes 11 de enero de 2021», el Tribunal maulino estimó que «resulta improcedente en esta instancia jurisdiccional, la corrección de omisiones u errores imputables de quien debió cumplir en tiempo y forma».

«Que en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículos 105 y 115 siguientes de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, artículo 3° de la Ley N°18.700, orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, artículo 10 N°4 y 24 de la Ley N° 18.593, numeral 27 y siguientes del Auto Acordado del Tribunal Calificador de Elecciones que regula la tramitación y los procedimientos que deben aplicar los Tribunales Electorales Regionales, SE RECHAZA la reclamación deducida a fojas 1 por Cristian Díaz Muñoz, relativa al rechazo de la candidatura a Alcalde por la comuna de Teno, de don Wildo Farías González, en el Pacto Unidos Por La Dignidad, Partido Progresista de Chile», concluye.

La colectividad política aún podría recurrir de apelación ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) para que el concejal siga en carrera. De lo contrario, la oposición se quedaría sin candidato a alcalde para las próximas elecciones de abril de 2021 en la comuna de Teno.

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