La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) abrió un proceso sancionatorio contra el municipio de Teno por cinco infracciones ambientales, dos «leves», dos «graves» y una de carácter «gravísima», detectadas en la administración de una planta de tratamiento de aguas servidas, o PTAS, ubicada en el sector de San León de Morza.

El proceso fue iniciado a raíz de una denuncia vecinal por olores molestos y descarga de residuos de alcantarilla al estero Chimbarongo (ver documento aquí).

En agosto de 2018, la Superintendencia inspeccionó la instalación -que presta servicios a más de 100 viviendas-, logrando identificar una serie de compromisos ambientales incumplidos, entre ellos, que los muestreos al efluente no habían «sido practicados ni por la Municipalidad ni por la entidad que la administra, correspondiente a un Comité de Administración de Agua Potable Rural».

Después de la visita, la SMA contrató los servicios de un laboratorio externo, el cual permitió verificar que «la concentración de coliformes fecales en el efluente de la PTAS ascendía a 7.000.000 coliformes fecales por cada 100 mililitros de agua», excediendo con creces el límite de 1000 por cada 100 ml. para aguas de riego, tal como establece la Norma Chilena 1.333.

«Los hechos descritos permiten configurar una infracción a la RCA N°227/2000 por el incumplimiento a la normativa que dicho instrumento dispuso para regular la calidad del efluente, clasificándose preliminarmente como grave, toda vez que constituye una obligación establecida en la RCA para minimizar los efectos adversos del efluente sobre el recurso hídrico», afirma la resolución.

En esta línea, agrega que «la Municipalidad ha incurrido en un incumplimiento normativo al no haber solicitado a la autoridad competente –hoy, SMA – la caracterización de sus riles y la respectiva resolución que apruebe un programa de monitoreo respecto de su efluente, a fin de ajustarse al cumplimiento del D.S. N°90/2000».

La citada omisión «gravísima», argumenta, «impidió a esta Superintendencia tomar conocimiento respecto a las concentraciones máximas de contaminantes descargadas al estero Chimbarongo desde la PTAS San León de Morza por un período de tiempo considerable; en consecuencia, los hechos infraccionales descritos evitaron que la SMA ejerciera sus atribuciones fiscalizadoras y sancionatorias respecto a la emisión de residuos líquidos».

Finlamente, cuando la SMA pidió al municipio entregar antecedentes vinculados a las modificaciones del proyecto y sus planes para enfrentar emergencias, dicha información no fue remitida a la entidad, «configurándose una infracción directa de la normativa», según expone.

La Superintendencia ha dado un plazo de 10 días hábiles para que el municipio entregue un plan de cumplimiento. Si no lo presenta o es rechazado, deberá pagar altísimas multas.

Por Matías Rojas

Periodista.

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